viernes, 3 de enero de 2014

Derecho


1¿Qué es el Derecho Penal?
Es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación.

2¿Qué es el Derecho Procesal Penal?
El Derecho procesal penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el estado y los particulares
3 ¿Qué es una norma jurídica?
La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento lleva a  una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Se trata de una regla o  precepto de carácter obligatorio, emanado de una autoridad normativa legitimada, la cual tiene por objeto regular las relaciones sociales o la conducta del hombre que vive en sociedad.

¿Cuales son las características de las normas jurídicas?
Heteronomía, Bilateralidad. Exterioridad y  Coercibilidad.

4¿Que es el  delito?
Delito es la conducta Típica, Antijurídica y Culpable

5 ¿Cuáles son los elementos del delito?
La Acción, la Tipicidad, la Antijuridicidad, la Imputabilidad a Culpabilidad y la Punibilidad

6 ¿En que consisten los elementos del delito?
La acción es  la base de toda la estructura del delito, por lo que se considera a la acción como núcleo central y el sustrato material del delito. Sin embargo, el concepto de acción engloba igualmente el de omisión, en la cual existe una conducta en la que conscientemente se evita una acción concreta. Constituye el soporte conceptual de la teoría del delito y el eje de la consideración axiológica y natural del hecho punible.
Antijuridicidad es un hecho típico que es contrario a las normas del Derecho en general,  Es el acto voluntario típico que contraviene el presupuesto de la norma penal, lesionando o poniendo en peligro bienes e intereses tutelados por el Derecho.
La tipicidad es la adecuación del acto humano voluntario ejecutado por el sujeto a la figura descrita por la ley como delito.
La imputabilidad es la capacidad psíquica de una persona de comprender la antijuridicidad de su conducta y de no adecuar la misma a esa comprensión.
La culpabilidad, es la relación directa que existe entre la voluntad y el conocimiento del hecho con la conducta realizada
Punibilidad es la capacidad que tiene el Estado a través de sus órganos jurisdiccionales de imponer una pena, que puede ser de forma grave como es la de perder la libertad hasta multas, sanciones, apercibimientos etc.

7¿Cuáles son los elementos negativos del delito?
Ausencia de conducta, atipicidad, causas de justificación de la antijuridicidad, inculpabilidad
8¿Qué es el Tipo Penal?
Es  las descripciones precisas de las acciones u omisiones que son consideradas como delito y a los que se les asigna una pena o sanción.
9¿Cuales son las causas excluyentes del delito?
Ausencia de conducta. Atipicidad, Legítima defensa, Estado de necesidad, Obediencia jerárquica., Cumplimiento de un deber jurídico y ejercicio legítimo de un derecho, Consentimiento,  Inimputabilidad.

10¿Cuál es la diferencia entre dolo y culpa?
Dolo  existe conocimiento y voluntad de realizar una conducta tipificada como delito por las leyes, y pese a conocerlo, se decide continuar con su ejecución
Culpa: se realiza una conducta sin prever el resultado; o previéndolo, se confía en que no se dé el resultado

11¿Qué es  La Política Criminal?
Son el conjunto de medidas empleadas por los órganos de gobierno, para hacer frente a la criminalidad que afecta a un Estado, con la intención de encontrar soluciones pertinentes en la disminución de los niveles de delincuencia, respetando el Estado de Derecho.

12 ¿Qué es el concurso de delitos?
Es un concepto jurídico penal que describe aquella situación en la cual existe pluralidad de actividades delictivas: que el sujeto activo, con una misma conducta, o a través de varias, comete diversos delitos.
13 ¿Cuántos tipos de concurso de delitos existen?
Son dos que son,  ideal cuando con una sola conducta se cometen varios delitos
Real cuando con pluralidad de conductas se cometen varios delitos.

14¿Que personas son responsables de los delitos?
II.- Los que lo realicen por sí;
III.- Los que lo realicen conjuntamente;
IV.- Los que lo lleven a cabo sirviéndose de otro;
V.- Los que induzcan dolosamente a otro a cometerlo;
VI.- Los que dolosamente presten ayuda o auxilio a otro para su comisión;
VII.- Los que con posterioridad a su ejecución, auxilien al delincuente, en cumplimiento de una promesa anterior al delito, y
VIII.- Los que intervengan con otros en su comisión, aunque no conste quién de ellos produjo el resultado.

15¿Cuáles son las penas y medidas de seguridad?
I.- Prisión;
II.- Semilibertad;
III.- Tratamiento en libertad;
IV.- Trabajo en favor de la comunidad;
V.- Tratamiento de inimputables en internamiento o en libertad
VI.- Vigilancia de la autoridad;
VII.- Prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada o de residir en ella;
VIII.- Sanción pecuniaria (REFORMADA, (P.O. 20 DE ABRIL DE 1999)
IX.- SE DEROGA. (DEROGADA, P.O. 20 DE ABRIL DE 1999).
X.- Decomiso de instrumentos y objetos relacionados con el delito;
XI.- Publicación de sentencia;
XII.- Suspensión, privación e inhabilitación de derechos, funciones o empleos;
XIII.- Amonestación;
XIV.- Sanciones para las personas jurídicas colectivas, y
XV.- Las demás que prevengan las leyes.
16 ¿En que consiste la prisión?
La prisión consiste en la privación de la libertad personal. Su duración mínima será de tres
Días y la máxima de setenta y cinco años y se compurgará en las colonias penitenciarias,
Establecimientos o lugares que al efecto señale el órgano ejecutor, ajustándose a las resoluciones judiciales y a la legislación aplicable.

17¿En que consiste el trabajo a favor de la comunidad?
El trabajo en favor de la comunidad, consiste en la prestación de servicios no remunerados, en instituciones públicas educativas o de asistencia social, o en instituciones privadas asistenciales. Este trabajo se llevará a cabo en jornadas dentro de períodos distintos al horario de las labores que representen la fuente de ingresos para la subsistencia del sujeto y de su familia, sin que pueda exceder de la jornada extraordinaria que determine la ley laboral y bajo la orientación y vigilancia de la autoridad ejecutora. Cada día de prisión será sustituido por una jornada de trabajo en favor de la comunidad

18 ¿En que consiste  la prohibición de ir a una circunscripción territorial
Determinada o de residir en ella?
El juez, tomando en cuenta las circunstancias del delito y las propias del delincuente, podrá disponer que éste no vaya a una circunscripción territorial determinada o que no resida en ella. Su duración será de seis meses a tres años. Esta sanción podrá imponerse  adicionalmente por cualquier delito y el término para hacerse efectiva contará desde la extinción de la pena de prisión o de la potestad de ejecutarla o al sustituirse o
Suspenderse condicionalmente la ejecución de la misma.

19 ¿Cuáles son las causas de extinción Penal?
Cumplimiento de la pena o medida de seguridad, muerte del delincuente, amnistía, perdón del ofendido o del legitimado para otorgarlo, indulto
20¿Cuál es la pena impuesta por homicidio y en que articulo se encuentra fundamentado?
Al que prive de la vida a otro, se le impondrá prisión de ocho a veinte años se encuentra en el articulo 110 de código penal de Guerrero

21¿Qué le corresponde realizar al ministerio Público?
Corresponde al Ministerio Público del Estado la averiguación previa de los delitos cometidos en esta Entidad Federativa, así como el ejercicio de la acción penal. En tal virtud, recibirá las denuncias y querellas que se presenten, realizará las investigaciones conducentes a acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado, dictará medidas para la protección de las víctimas; resolverá o solicitará el aseguramiento de bienes e instrumentos relacionados con el delito y proveerá las medidas precautorias que estime necesarias, exigirá la reparación del daño desde el inicio de la averiguación previa; y, en general, realizará las consignaciones procedentes, aportará las pruebas de sus pretensiones, requerirá la aplicación de sanciones, promoverá la absoluta libertad de quienes resulten inocentes, hará las promociones e intentará los recursos pertinentes en el procedimiento judicial y vigilará el debido cumplimiento de las sentencias.

22¿Cuál es el objetivo del cateo?
El cateo tiene por objeto la detención de personas o la búsqueda y aseguramiento de objetos relacionados con un delito.

¿Qué es la averiguación previa?

La averiguación previa es una etapa del procedimiento penal. En ella, el Ministerio Público lleva a cabo las investigaciones necesarias para obtener las pruebas que permitan acreditar o demostrar la existencia del delito y la probable responsabilidad del indiciado, es decir, de la persona señalada como autora o responsable del delito.

23¿Cómo se inicia la averiguación previa?

Mediante una denuncia o querella

¿Qué es el cuerpo del delito?
Es el conjunto de los elementos objetivos o externos que constituyen la materialidad del hecho que la Ley señala como delito

24¿Cuándo se tendrá por comprobada la probable responsabilidad del inculpado?

Cuando, de los medios probatorios existentes, se deduzca su obrar doloso o imprudencia  en el delito que se le imputa, y no exista acreditada en su favor alguna causa de exclusión del delito.

25¿Cuáles son los delitos graves?
Artículo 70.- Se califican como delitos graves para todos los efectos legales, los siguientes: Homicidio, previsto en los Artículos 103, 104 y 108; Homicidio y Lesiones Culposos previsto en el Tercer Párrafo del Artículo 112; Secuestro, señalado en el Artículo 129 y 129 Bis 4; Asalto contra un poblado, a que refiere el Artículo 136; Violación, señalado por los Artículos 139 al 142; Robo, contenido en el Artículo 163  Fracción III, en relación con el 164; Abigeato contemplado en el Artículo 167 Primer Párrafo; Extorsión, previsto por el Artículo 174; Ataque a los Medios de Transporte, previsto en el Artículo 206; Rebelión, previsto en los Artículos del 229 al 232, con la parte final del Artículo 230; Terrorismo, previsto en el Artículo 234 en su Primer Párrafo, y Sabotaje, previsto en el Artículo 235 Fracciones I, II y III, todos del Código Penal vigente.


26 ¿Cuándo ejercerá la acción penal el ministerio público?
Cuando a su juicio se hayan comprobado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del mismo.

27¿En que articulo de la constitución esta establecido la participación del Ministerio Publico?
Art. 21 Constitucional

28¿Cuánto tiempo tiene el Ministerio Publico para  poner al indiciado a disposición del juez?

48    horas y en caso de tratarse de delincuencia organizada serian 96 horas

29¿Cual es el termino que tiene el juez para resolver la situación jurídica del indiciado?

El fundamento legal y Constitucional se encuentra en el Articulo 19 de la Constitución Federal

El termino es de 72 Horas  tiene el juez después que se realizo la consignación y se puede aumentar 44 horas si así lo solicita el acusado o su defensor


30¿Qué es el no ejercicio de la acción penal?
Es cuando el Ministerio público no pudo acreditar el cuerpo del delito o la probable responsabilidad del indiciado por lo tanto lo deja en libertad









31¿Cuáles son las etapas del proceso Penal?
Preinstrucción
Instrucción
Juicio

32 ¿En que consiste la preinstruccion?
Es el primer periodo del proceso penal. Durante esta etapa se determinan los hechos que serán materia del proceso y el delito al que corresponden. Asimismo se determina la probable responsabilidad del inculpado, o bien, la libertad de éste si no existieran elementos para procesarlo.
Este periodo no debe durar más de 72 horas, contadas a partir de la consignación del inculpado, y el juez debe resolver en ese plazo lo que proceda: abrir proceso contra el presunto autor del delito o liberarlo por falta de elementos para proceder en su contra. Las partes deben ofrecer pruebas que puedan revisarse en ese tiempo, a lo cual se le llama desahogar pruebas. El plazo puede duplicarse, es decir llegar a las 144 horas si así lo solicita el acusado o su defensor, con el objeto de contar con más tiempo para presentar pruebas a su favor.
Durante esta etapa, al acusado se le da a conocer el nombre de su acusador y de qué se le acusa, para que conozca bien los hechos que se le atribuyen y pueda defenderse. Además, si así lo desea, el acusado puede rendir su declaración preparatoria dentro de las primeras 48 horas a partir de que fue consignado. Esta declaración está destinada a que el juez cuente con la versión del acusado para determinar si lo somete a proceso o si no existen elementos para juzgarlo.
La preinstrucción concluye cuando el juez dicta cualquiera de las siguientes resoluciones judiciales, llamadas autos

33¿En que consiste el Auto de formal Prisión?

Inicia el proceso contra un acusado cuyo delito lo obliga a enfrentar el procedimiento en prisión preventiva, es decir, privado de su libertad. Si no se trata de un delito grave, el acusado puede solicitar libertad bajo caución; si el juez se la concede, podrá afrontar el proceso sin que se le envíe a prisión.


34¿En que consiste el Auto de Sujeción a proceso?

Da inicio el proceso contra los presuntos responsables del delito, sin que ellos deban enfrentar el procedimiento privados de su libertad. Ello no impide que, de resultar condenados a prisión al finalizar el proceso, sean detenidos y privados de su libertad


35 ¿En que consiste el  Auto de libertad por falta de elementos para procesar?
Como su nombre lo indica, mediante este auto el juez reconoce que no existen
Datos que permitan abrir un proceso contra el presunto responsable del delito.


36¿En que consiste la instrucción?
Se denomina así al periodo en el que las partes (acusadora y defensora), proporcionan información al juez sobre las circunstancias en las que ocurrieron los hechos, así como pruebas que acreditan o demuestran la culpabilidad o la inocencia del acusado.
A lo largo de esta etapa, el juez escucha al acusado y a los testigos, recibe testimonios, peritajes y documentos, realiza inspecciones y, en su caso, está presente en los careos y la reconstrucción de los hechos. En resumen, reúne la información necesaria para conocer el caso. Por eso, la instrucción es conocida también como periodo probatorio.
                                       
37 ¿En que consiste el juicio?

Durante este periodo el Ministerio Público, así como la defensa, exponen sus conclusiones al juez, y éste dicta su sentencia.
El Ministerio Público, en caso de que sostenga la culpabilidad del acusado al terminar el periodo de instrucción, pedirá al juez la aplicación de una sanción penal en su contra, sustentando, esto es, apoyando su petición en preceptos o disposiciones legales y en las pruebas presentadas. Sin embargo, también puede presentar conclusiones “no acusatorias”, si de las pruebas presentadas durante la instrucción no se desprende la culpabilidad del acusado.
El acusado o su defensor también deben presentar conclusiones ante el juez. En caso de que no lo hagan, éste las tendrá como presentadas en el sentido de que el acusado es inocente.
Una vez recibidas las conclusiones de ambas partes, el juez señalará fecha y hora para llevar a cabo la audiencia final o de vista. En ella, las partes reproducen las conclusiones antes presentadas y presentan los argumentos que consideren necesarios, los cuales se denominan alegatos. Posteriormente, el juez declara “visto” el proceso y tiene todos los elementos para dictar la sentencia








38¿Qué pruebas se aceptan en el proceso penal?
Todos los medios de prueba que no sean contarios a la moral y a derecho, Confesión, inspección, dictamen, testimonio, careo, documentos

39 .Defina el concepto de Arraigo

 Es una medida cautelar que durante la averiguación previa se impone como vigilancia de la autoridad  al indiciado para los efectos de que este cumpla con los requerimientos del  Ministerio Publico en razón de la investigación de un hecho delictivo.

40 ¿Cual es el fundamento constitucional y legal del Arraigo?

El fundamento constitucional se basa en el artículo 16 de la Constitución Federal y en  los artículos 133 bis y 133 Ter del Código Federal de Procedimientos Penales.

El fundamento legal también lo encontramos en el artículo 60 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero

41¿Que autoridad solicita la medida del arraigo y quien la concede?

El fundamento legal se encuentra en los artículos el artículo 133 bis y  133 articulo Ter.  Del Código Federal de Procedimientos Penales.

 La autoridad que solicita es el Ministerio Publico y la concede el juez se solicita cuando se considera  que  tratándose de delitos graves, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia

Estas medidas sean necesarias para evitar que el sujeto se sustraiga a la acción de la justicia; la destrucción, alteración u ocultamiento de pruebas, la intimidación, amenaza o influencia a los testigos del hecho a fin de asegurar el éxito de la investigación o para protección de personas o bienes jurídicos.




42    ¿Cual es el término genérico en el que la autoridad puede tener arraigada a una persona probable responsable de un delito?

No debe exceder de 40 días según el Artículo 133 Bis. Del Código Federal  de Procedimientos Federales

De acuerdo al  código de procedimientos penales en el articulo 60  para El estado de guerrero, numero 357 no pudiendo exceder de treinta días, prorrogables por igual Periodo, a petición del Ministerio Público.

43    ¿En que casos puede prorrogarse el arraigo?

En el artículo 16 de la constitución  y la ley Federal contra la delincuencia organizada en su artículo 12 establece  que puede prorrogarse hasta 80 días, siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días. 


44    ¿Cuantos tipos de arraigo existen en la ley penal?

Se estable en el en el artículo 133 bis. Y  artículo 133 ter.- código federal de procedimientos penales

Existen 2 tipos

Arraigo Domiciliario y Arraigo en una Demarcación Geográfica


45. ¿En que consiste el delito de violencia familiar?
Son conductas dirigidas a dominar, controlar o agredir física, psicológica, patrimonial o económicamente a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por un vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil; concubinato, o una relación de hecho, dentro o fuera del domicilio familiar y se le
Impondrá de uno a cinco años de prisión.
46¿Cuáles son los instrumentos del delito?
Son aquellos elementos materiales mediante los cuales los autores de una conducta considerada como delito se han apoyado para planearla, cometerla encubrirla estos instrumentos serán sancionados mediante la figura llamada decomiso.

47¿Cuándo se dicta una  orden de aprehensión?
La orden de aprehensión es aquélla que dicta el juez a solicitud del Ministerio Público, para que se detenga a una persona o personas, fundándola en las pruebas reunidas en la averiguación previa y que acreditan su presunta responsabilidad en la comisión de un delito, siempre y cuando el delito por el que se le acusa, la Ley prevea una pena por la que debería ser privado de su libertad
48¿Cuándo se dicta una  orden de comparecencia?
La orden de comparecencia es aquélla que dicta el juez a solicitud del Ministerio Público, para que se presente una persona o personas al juzgado, fundándola en las pruebas reunidas en la averiguación previa y que acreditan su presunta responsabilidad en la comisión de un delito, siempre y cuando el delito por el que se le acusa, la Ley no contemple una pena privativa de la libertad

49. ¿En que consiste el allanamiento demorada?
Se refiere cuando Al que sin el consentimiento de la persona que legítimamente pueda otorgarlo o empleando engaño, se introduzca a una casa habitación o a sus dependencias o permanezca en ellas, se le impondrá prisión de seis meses a tres años. Art 137  Código Penal de Guerrero


50. ¿En que consiste la usurpación de profesiones?
Al que se ostente públicamente como profesionista sin serlo, oferte públicamente sus
Servicios o realice actos o actividades propias de una profesión sin tener el título correspondiente o sin la debida autorización o permiso de la autoridad competente, se le impondrá prisión de dos a ocho años y de doscientos a quinientos días multa. Art 215 Código Penal de Guerrero





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